Cuándo se puede solicitar el permiso laboral para acompañar a familiares
El derecho a obtener permisos laborales retribuidos para acompañar a parientes a consultas médicas no está regulado de manera general en la legislación laboral, sino que depende de los convenios colectivos, los planes de igualdad de cada empresa, o incluso de las políticas internas de la organización. Aunque el Estatuto de los Trabajadores no contempla expresamente esta situación, existen sentencias judiciales que ofrecen un marco de referencia para su aplicación.
Horas disponibles según sentencia del Tribunal Supremo
En la sentencia 496/2024 del Tribunal Supremo se reconoció el derecho de ciertos empleados a disfrutar de 35 horas anuales retribuidas para asistir a consultas médicas propias o de familiares, en virtud del convenio colectivo de su sector. El derecho solo aplica cuando se cumplen condiciones específicas y se presenta la documentación justificativa, como certificados médicos que respalden la necesidad del acompañamiento.
Parentesco y dependencia económica como requisitos clave
La sentencia establece que el permiso solo es aplicable para ciertos grados de parentesco y en situaciones de dependencia. El Tribunal Supremo indicó que el derecho no se extiende automáticamente a todos los familiares, sino únicamente a padres, madres, hijos, hijas, personas dependientes, cónyuges o parejas de hecho siempre que dichas personas sean económicamente dependientes del trabajador. Esta dependencia se entiende como convivencia y responsabilidad económica o funcional.
Requisitos para justificar el uso del permiso
Para acceder al permiso es necesario presentar documentación médica que acredite la necesidad del acompañamiento y cumplir con los requisitos establecidos en los convenios o políticas laborales. “El uso del permiso debe estar debidamente justificado”, según el texto de la sentencia, con el objetivo de garantizar que se aplique únicamente en situaciones reales de cuidado y no como mecanismo para ausentarse del trabajo sin causa válida.
Precedente judicial que limita la extensión del permiso
El fallo del Tribunal Supremo respaldó la interpretación restrictiva del permiso, avalando la decisión de la Audiencia Nacional de rechazar una demanda presentada por un sindicato en contra de una empresa de atención telefónica. “La finalidad de la medida de conciliación no se ve vulnerada si se limita su uso a los supuestos contemplados expresamente en el acuerdo colectivo”, señala la sentencia, lo que refuerza la importancia de los acuerdos laborales específicos en la aplicación de este derecho.