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Libertad de expresión en entredicho: ciudadana sancionada por cuestionar candidatura

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Modificaciones irregulares en listas electorales

En el proceso electoral de 2024, se registraron modificaciones en las listas de candidaturas de Sonora. Las listas, previamente definidas y cerradas, fueron alteradas en el último momento, no por cuestiones técnicas o legales, sino para sustituir un nombre por otro: el de la esposa de un diputado influyente en la Cámara de Diputados.

Interrogante ciudadana y represalia judicial

Karla María Estrella, ciudadana sin afiliación partidista, expresó con ironía su duda sobre la inclusión en las listas:

“¿la inclusión tuvo algo que ver con el vínculo matrimonial de la beneficiaria?”

. Su cuestionamiento, lejos de generar un debate, desencadenó una acción del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que calificó su publicación como un acto de violencia política en razón de género.

Precedente preocupante para la crítica política

El caso de Karla no es aislado. Se han observado situaciones similares en Puebla, Campeche y otros países. El TEPJF fundamentó su decisión en la premisa de que toda expresión que refuerce estereotipos de género debe sancionarse, aunque la crítica fuera puntual y basada en hechos verificables. La sanción impuesta incluye disculpas públicas, cursos de sensibilización, lectura supervisada de libros y su inscripción en el Registro de Personas Sancionadas por Violencia Política de Género durante 18 meses.

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Impacto en la libertad de expresión

La decisión judicial genera un precedente que podría fomentar la autocensura. La crítica a la modificación de listas para beneficiar a familiares de funcionarios, considerada escrutinio democrático, ahora podría ser calificada como violencia de género. El argumento del tribunal, al basarse en criterios subjetivos, permite castigar expresiones que incomoden a figuras con poder, limitando el derecho ciudadano a cuestionar decisiones públicas.

Paradoja de la protección institucional

Las resoluciones que pretenden proteger a las mujeres, en este caso, las reducen a sujetos incapaces de soportar crítica alguna, reproduciendo un paternalismo institucional. La ironía es que si el caso involucrara a un hombre, se consideraría nepotismo sin implicaciones legales. La protección excesiva, en lugar de fortalecer la participación femenina, la convierte en un blindaje que impide el escrutinio necesario en la democracia.

Democracia y derecho a la crítica

La libertad de expresión debe proteger lo incómodo, no solo lo obvio. Mientras la Suprema Corte de Estados Unidos y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos limitan la restricción del discurso a casos que inciten a la violencia, en México se sanciona la ironía y el cuestionamiento. El caso de Karla María Estrella refleja cómo los mecanismos legales pueden servir para proteger intereses particulares bajo el disfraz de avances colectivos, poniendo en riesgo el futuro de la libertad ciudadana.

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