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Economía

Constructora mexicana impugnó reforma laboral por aumento de vacaciones a 12 días; Suprema Corte lo rechazó

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Demanda de empresa constructora contra reforma laboral

Una empresa nacional identificada como GND Constructora, SA de CV presentó un recurso legal ante la Segunda Sala de la SCJN para impugnar la reforma que elevó de 6 a 12 días los permisos vacacionales laborales, alegando que generaba una carga financiera excesiva.

Argumentos de la empresa y resolución judicial

La constructora interpuso un Amparo en Revisión 990/2023 sosteniendo que el incremento violaba derechos económicos y generaba mayores costos por concepto de primas vacacionales e impuestos. El Ministro Luis María Aguilar Morales fue el ponente del caso, y el fallo se emitió el 14 de agosto de 2024.

Fundamentos de la decisión de la Corte

La Segunda Sala de la SCJN desestimó todos los planteamientos de la empresa, basándose en una interpretación dinámica de la Constitución de 1917. Los magistrados destacaron:

  • Adaptación de derechos laborales: Los derechos no pueden mantenerse estáticos, sino evolucionar conforme a las exigencias sociales actuales.
  • Vinculación con tratados internacionales: Se citó el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y estudios de la OMS sobre agotamiento profesional.
  • Irrelevancia de capacidad económica empresarial: La Corte sentenció que “no se pueden utilizar argumentos relacionados con la capacidad económica de las empresas para invalidar reformas laborales“.
  • Principio de progresividad: Los acuerdos laborales no pueden fijar condiciones inalterables que contradigan el avance de los derechos.
  • Rechazo a aplicación de irretroactividad: Se explicó que el derecho laboral debe responder a contextos actuales, no limitarse a normas previas.

Marco de la reforma vacacional

La actualización a 12 días de descanso se aplicó desde 2023, con incrementos progresivos según antigüedad: 14 días en segundo año, 16 en tercero, 18 en cuarto, 20 en quinto y 22 días a partir del sexto año laborado. La Corte destacó que México presenta altos índices de estrés laboral dentro de la OCDE, justificando la importancia de esta medida.

Beneficios laborales y condiciones de aplicación

Entre las disposiciones relevantes se encuentran:

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  • Pago íntegro durante descansos: Incluye salario completo más 25% adicional por prima vacacional (Art. 80 LFT).
  • Conteo de días hábiles: No se incluyen domingos ni festivos oficiales.
  • Vacaciones proporcionales: Aplica para trabajadores que no completan año laboral.
  • Inrenunciabilidad: No pueden convertirse en compensación económica, salvo terminación de contrato.

Relevancia del fallo judicial

Este caso, analizado por el especialista Víctor Collí en redes sociales, demuestra cómo la jurisprudencia mexicana avanza en protección laboral incluso ante resistencias empresariales. El experto señaló que aunque el actual esquema representa un avance, países europeos ofrecen hasta 15 días de vacaciones, sugiriendo espacio para mayor desarrollo normativo en México.