Nueva restricción para menores de edad
El día 30 de septiembre de 2025, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad un cambio legal que impide que menores de 18 años compren o reciban bebidas energéticas. Con 401 votos a favor, la reforma fue enviada al Senado para continuar su trámite legislativo.
Según la nueva normativa, los establecimientos deberán verificar la edad del comprador mediante la presentación de una identificación oficial antes de realizar la venta de estos productos. La Secretaría de Salud será responsable de determinar qué bebidas entran en la categoría de alto riesgo conforme a la NOM vigente.
Penalizaciones y definiciones
Quienes violen esta disposición podrían enfrentar multas equivalentes a 2,000 veces la UMA, lo que equivale a 226,280 pesos. Se consideran energéticos las bebidas no alcohólicas que contienen cafeína, taurina, glucoronolactona, tiamina o compuestos similares con efectos excitantes.
Al presentar la iniciativa, el líder de Morena, Ricardo Monreal, expresó: “Sé que hubo intentos de que el conjunto de normas no procediera. Gracias a todos por resistir”, refiriéndose a la oposición de grupos de interés que intentaron bloquear la medida.
Opiniones y antecedentes internacionales
El diputado del PAN José Mario Íñiguez alertó sobre los peligros para la salud asociados a estos productos, mencionando que su combinación con alcohol incrementa los riesgos. Entre los efectos mencionados están: arritmias ventriculares, muerte súbita cardíaca, posibles efectos cancerígenos y trastornos mentales como depresión, falta de sueño y tensión emocional.
Por su parte, José Luis Fernández del PVEM señaló que naciones como Reino Unido, Polonia, Alemania y España ya han implementado regulaciones similares para proteger a los jóvenes, destacando que México se alinea con estas prácticas globales.