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Sacerdote condenado por violar a monaguilla enfrenta intento de absolución por irregularidad judicial

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Un religioso recibió sentencia de 34 años, cinco meses y diez días de cárcel por cometer tres agresiones sexuales contra una menor de 8 años que desempeñaba funciones de monaguilla en una parroquia ubicada en Chihuahua. El delincuente intentó anular su condena aprovechando fallas procesales detectadas durante el juicio, pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó la culpabilidad del clérigo en octubre de 2024.

Abusos iniciados en la casa de culto

Los ataques sexuales comenzaron en diciembre de 2015 dentro del templo católico donde el religioso ejercía su ministerio. En la primera ocasión, “introdujo los dedos en la vagina” de la niña. El segundo incidente ocurrió en septiembre de 2016, cuando “le tocó los glúteos y el área genital con sus manos por debajo de su ropa”. La última violación se registró en enero de 2018, repitiendo la acción de “nuevamente introducir sus dedos en la vagina” de la menor.

Proceso judicial con revés inesperado

El Tribunal de Enjuiciamiento del Sistema Acusatorio del Distrito Judicial Bravos declaró culpable al sacerdote en marzo de 2021, imponiéndole pena de 34 años, cinco meses y diez días de prisión además de multas y reparación del daño. El religioso presentó múltiples recursos legales, destacando acusaciones sobre la conformación del tribunal y presuntas violaciones al derecho de contradicción durante el juicio.

Intervención de la Corte Suprema

El Primer Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito concedió amparo al sacerdote en 2024, pero la SCJN revirtió esta decisión destacando que “estas disposiciones (el uso de “encargados” provisionales) no vulneran el acceso a la justicia ni tampoco los diversos principios de independencia e imparcialidad”. La Corte criticó que se exigiera a la menor pruebas directas para sustentar su testimonio, señalando que “la declaración de una víctima mujer menor de edad de un delito sexual no puede ser creíble si no es corroborado por alguien más” constituye una forma de discriminación institucional.

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